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LICENCIAS DE EDIFICACIÓN

Municipalidad Distrital de Baños del Inca

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Ley 27972:

Las municipalidades provinciales son competentes para regular o pronunciarse sobre Zonificación y Urbanismo, para reglamentar, otorgar Licencias y Controlar las Construcciones y el cumplimiento de las normas de seguridad y conforme lo establecen los artículos 11 Inc. 1, 65 Inc. 11 y 16 de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Ley 29090:

1.    Asegurar que las Municipalidades, efectúen acciones de fiscalización y control urbano, acorde a lo establecido de la LOM.

2.    Dotar de celeridad al procedimiento de inscripción de los revisores urbanos y otorgar responsabilidad a los colegios profesionales CAP y CIP para su acreditación.

3.    Dotar al procedimiento de mayor seguridad que garantice la ejecución de las obras y brindar garantías que salvaguarden los interés de los posibles afectados ante cualquier accidente producidos en Obra (EMS, Proyecto de Calzadura y Póliza CAR).

Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones

  • DEFINICIÓN

            Son actos administrativos a través de los cuales se otorga autorización para ejecución de obras.

  • TIPOS DE OBRAS
    •  Edificación Nueva (total o por etapas)
    • Ampliación (incremento de área techada)
    • Remodelación (modificación sin incremento de área techada)
    • Refacción (trabajos de mejoramiento no modifica)
    • Acondicionamiento (adecuación de ambientes, acabados)
    • Puesta en Valor Histórico Monumental
    • Cercado (Cercos perimétricos incluye vanos permitidos)
    • Demolición (eliminación total o parcial)
  • EXCEPCIONES ( siempre que no se ejecuten en inmuebles del Patrimonio Cultural de la Nación)
    • Trabajos de acondicionamiento y refacción
    •  Cercos frontales hasta 20m.